Gobierno Regional de Piura y Beca Docente 2014
Gobierno Regional de Piura y Beca Docente 2014
Fui Evaluado, inverti con la ilusion de la Beca Docente en el 2014 y hasta ahora se me llama para la Beca. La Explicacion fue que el Gobierbo regional de Piura no habia firmado el Convenio...que tal peloteo...
http://becadocentetalara.blogspot.pe/
BECA DOCENTE DE
POSTGRADO PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA
viernes, 8 de agosto de 2014
RESULTADOS BECA DOCENTE: RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 065-2014-MINEDU-VMGI-OBEC-PRONABEC-OBPOST. De fecha 07.08.2014
RECLAMO:
He cumplido con todos los requisitos de las bases, incluso me presente a la entrevista el día 02 y el 04 de Julio respectivamente, dejando constancia de esta. En las 02 oportunidades se me informó de manera verbal que la entrevista no procedía por cuanto el Presidente de la Región Piura Lic. Javier Aktins Lerggios no había firmado convenio con PRONABEC, el día 04 de julio presente en mesa de partes de LA OFICINA DESCENTRALIZADA DE PRONABEC - PIURA, una solicitud dirigida a PRONABEC LIMA, para que se respondiera oficialmente y por escrito los motivos por los que no se me daba acceso a la entrevista, recibiendo una comunicación vía Email el día de Julio del pte, adjuntado el oficio de la Región Piura en donde solicita ampliación de presupuesto al Ministerio de Educación para cumplir con los contratos de profesores sustitutos para cubrir las plazas de los posibles becarios.
Por lo tanto:
Cuando el proceso evaluativo no se ha concluido no debe calificarse como NO APTO, por cuanto este calificativo es excluyente y denigrante. En mi caso el proceso de selección fue interrumpido en el momento de la Entrevista personal programada del 02 al 04 de julio y modificada del 0e al 05 de julio del 2013.
No acepto ser considerado NO APTO en una Resolución Jefatural Nacional, dado a que he superado todas las evaluaciones y cumplo los requisitos que exigen las Bases del Concurso, mi proceso de selección esta inconcluso y no es por falta de capacidad del recurrente, ni por carencia de requisitos, es por razones no contempladas en las bases del Concurso y es la falta de decisión del Gobierno Regional de Piura de no firmar el Convenio con PRONABEC.
En consecuencia, NO ES ADMISIBLE que en la resolución se especifique que es por no haberme presentado a la entrevista, debe consignarse claramente EL MOTIVO DE SER DECLARADO NO APTO es EN RAZON A QUE EL PRESIDENTE REGIONAL DE PIURA JAVIER ATKINS LERGGIOS NO FIRMÓ EL CONVENIO CON PRONABEC.
Soy el único docente de PIURA y exijo respeto, represento a la Región Piura y debe atenderse mi petición.
CONCLUSION:
Dado a que los fundamentos son razonables y estando en el ejercicio de mi derecho solicito se modifique la RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 065-2014-MINEDU-VMGI-OBEC-PRONABEC-OBPOST. De fecha 07.08.2014, ANEXO III, Relación de Inscritos declarados NO APTOS a la Beca Presidente de la República, “Maestría en Ciencia de la Educación”, referido al Nº CORRELATIVO 646/PIURA/NAMUCHE HUERTAS JACINTO/ NO APTO/NO SE PRESENTO A LA ENTRVISTA PERSONAL/02730364/PUCP/INTEGRACIÓN E INNOVACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN.
Consignar el Anexo IV en que se considere a docentes inscritos con proceso de evaluación inconcluso por falta de recursos económicos en su región de origen y no haber firmado Convenio entre PRONABEC y el Gobierno Regional respectivo, en mi caso Piura.
Exijo una respuesta formal a mi solicitud por escrito.
FUNDAMENTOS DE LEY:
CONSTITUCIÓN POLITICA DEL ESTADO.
LEY DE REFORMA MAGISTERIAL Y SU REGLAMENTO.
Atentamente
JACINTO NAMCUHE HUERTAS
Código Modular 1002730364
la Pontificia Universidad Caolica del Perú, pero alli quedo todo no sabemos si el proximo año podemos retomar el concurso o simplemente nos hicieron gastar nuestros precarios recursos para ver esfumarse la opcion de ser beneficiados por la Ley de la Reforma Magisterial.
Y LA REGIÓN TUMBES QUE TIENE PRESUPUESTO PARA PLANILLAS HASTA SETIEMBRE HA FIRMADO EL CONVENIO CON PRONABEC, INCLUSO A FINANCIADO PASAJES Y ESTADIA PARA LOS DOCENTES QUE POSTULAN A LA BECA DOCENTE DE POSGRADO DE MAESTRIA EN EDUCACIÓN…LA REGIÓN PIURA NO LO HIZO POR QUE NO HAY RECURSOS PARA ESTOS MENESTERES.
Las 60 becas que permitirían a profesores piuranos nombrados, dedicarse por dos años a estudiar una maestría, no sabemos como quedan.
Esperamos la respuesta oficial del Gobierno Regional en la persona del presidente regional, Javier Atkins Lerggios, la autoridad no dio alternativa que si no tiene para costear el reemplazo de los sustitutos de los 60 maestros, puede decidirse por un número menor o cada UGEL debio proponer docentes excedentes que los hay en diferentes I.E.
jueves, 24 de julio de 2014
INFORMATE SOBRE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR EL CETPRO PUBLICO SAN PABLO TALARA - DESDE EL 01 DE ENERO DEL 2013 HASTA LA FECHA HACIENDO CLIC EN EL SIGUIENTE ENLACE
http://cetprosanpablotalara.blogspot.com/2014/07/1-creacion.html
- Mediante Oficio N° 00017-2014-MINEDU.VMGI, el Vice Ministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, manifiesta que en el marco de la Reforma del Sector Educación , el Ministerio de Educación del Perú a través del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), creado mediante Ley N° 29837, convoca a concurso de la Beca “Presidente de la República”, para realizar estudios de post grado Maestría en Ciencias de la Educación en las Universidades del Perú acreditadas a nivel nacional e internacional ; la modalidad de la maestría será escolarizada de lunes a viernes, por cuanto (4) semestres académicos.
- Así mismo, manifiesta que, con el fin de garantizar la participación de los docentes en el marco de los alcances del artículo 71° de la Ley de Reforma Magisterial N° 29944, así como el artículo 190° de su Reglamento, en el que se tipifica que es un derecho de todo docente el solicitar licencia con goce de remuneraciones para realizar estudios de posgrado y obligación del Ministerio de Educación y de los Gobiernos Regionales en el país y en el extranjero el otorgarlo.
- Como es de su conocimiento de acuerdo al Anexo de la distribución del número de Becas de posgrado, para Piura ha sido asignados para 60 beneficiarios, para lo cual se debe prever el financiamiento de los docentes sustitutos correspondiente al periodo de duración de la licencia de aquellos docentes seleccionados , con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades académicas en las instituciones educativas en la Región.
- En tal sentido, tal como demostramos con los oficios que adjunto, el Pliego Piura viene haciendo gestión de manera reiterativa ante el Ministerio de Economía y Finanzas, así como ante la Unidad de Personal de su portafolio solicitando recursos adicionales para cubrir déficit presupuestal por aplicación de la Ley de la Reforma Magisterial.
- Se precisa, que el Pliego no cuenta con los recursos adicionales para la ejecución de compromisos no previstos, en el presupuesto Institucional de Apertura en el marco de lo estipulado en el Art. 27.2 de la Ley 28411, el cual constituye el límite máximo de recursos con que cuenta la entidad.
- En consecuencia, este despacho con oficio de la referencia b), ha solicitado al Ministerio de Economía y Finanzas Recursos Adicionales por el monto de S/. 693,357.=, para asumir el gasto que generaría la aplicación de este Programa de Becas, por tal motivo, solicito a Usted interponer sus buenos oficios con el fin de que el MEF, disponga la atención que amerita nuestro requerimiento. Para el efecto adjunto Quince (15) folios.
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