ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 1004 - 2014/GRP-CR
Piura, 19 MARZO 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Nº 27680, establece en su Artículo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa;
Que, mediante Oficio N° 017-2014-MINEDU-VMGI del 26 de febrero de 2014, el Vice Ministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación comunica que a través del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC se ha realizado la Convocatoria Nacional para la Beca Postgrado en Maestría en Ciencias de la Educación para Docentes de Educación Básica Regular 2014;
Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social recomienda a la Presidencia Regional el apoyo para los Docentes de Educación Básica Regular, participantes del Concurso para la obtención de la Beca para Maestría en Piura, denominada “Beca Presidente de la República” para continuar estudios de postgrado (maestría o doctorado) en las instituciones de educación superior, convocado a nivel nacional por el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC; disponiendo que la Dirección Regional de Educación efectúe los informes y cálculos de los recursos que se requieren para la cobertura de licencia con goce de haber de los docentes que resulten beneficiarios de las becas de postgrado para Maestrías en Ciencias de Educación para el ejercicio 2014 y así garantizar el normal desarrollo de las actividades académicas en las Instituciones Educativas de nuestra Región;
Que, conforme al artículo 47°, literal r. de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es función del gobierno regional en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, “Desarrollar los procesos de profesionalización, capacitación y actualización del personal docente y administrativo de la Región, en concordancia con el Plan Nacional de Formación Continua”; en tal sentido, el Consejo Regional Piura, comparte la expectativa de facilitar los procesos que permitan desarrollar capacidades y conocimientos que fortalezcan la carrera pública magisterial de los docentes de la región en base a la meritocracia.
Que, al mismo tiempo, es pertinente tener en cuenta que la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, no prevé la asignación de recursos para coberturar la suplencia temporal de personal docente en el sector educación, razón por la cual, a la par de expresar la decisión de impulsar la cobertura de las becas reservadas para el personal docente de nuestra región, es necesario autorizar al Titular del Pliego a fin de que realice las gestiones necesarias a la obtención de la demanda adicional de recursos que permita atender esta necesidad.
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 03 - 2014, celebrada el día 19 de marzo del 2014, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley N° 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053;
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar de prioridad regional la implementación de las acciones para la Convocatoria Nacional para la Beca “Presidente de la República” - Postgrado en Maestría en Ciencias de la Educación para Docentes de Educación Básica Regular 2014, para asegurar la participación de 60 docentes de nuestra Región, evaluando la posibilidad de solicitar una ampliación de sesenta becas adicionales.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Recomendar a la Presidencia Regional, como medida complementaria, disponga a la Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sustentar ante el Ministerio de Economía y Finanzas la autorización para que el Ministerio de Educación transfiera a favor de la unidades ejecutoras de educación del Pliego Gobierno Regional Piura, de manera excepcional y extraordinaria, la demanda adicional de recursos ordinarios para destinarlos a atender la suplencia temporal del personal docente beneficiado con las Becas señaladas en el artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO.- Recomendar a Gerencia Regional de Desarrollo Social, disponga a la Dirección Regional de Educación, elabore un programa que permita la réplica de los conocimientos que obtengan los docentes que accedan a las Becas señaladas en el artículo primero.
ARTÍCULO CUARTO.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Sra. VANESSA PERICHE BOULAGGER
CONSEJERO DELEGADO
CONSEJO REGIONAL